EL TRIBUNAL SUPREMO DECLARA QUE TODA SANCIÓN DE SUSPENSION DE FUNCIONES ES DE CUANTÍA INDETERMINADA Y QUE, POR TANTO, CABE APELACIÓN.-
Comentamos en este artículo la importante y reciente sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 6 de febrero de 2020 (rec. 2909/2017), por la que se consolida un relevante cambio de criterio (ya anticipado por la STS del 28 de mayo de 2019, rec. 262/2016), consistente en abrir la doble instancia judicial a las sanciones de suspensión de funciones a empleados públicos, con independencia de su duración. Hasta ahora, las Sentencias dictadas en primera instancia que resolvían recursos contra sanciones de suspensión de funciones a empleados públicos sólo se podían recurrir en apelación si la suma de las retribuciones descontadas superaban los 30.000 euros. Esta interpretación mantenida durante años por nuestros Tribunales impedía el acceso a la doble instancia a cientos de empleados públicos sancionados, que veían cómo se lo…